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Type of Crimes: Crimes against Humanity, Enforced Disappearance
Accused: Isidro Cardona Osorio
Place of Origin: Chiquimula, Guatemala
Date Decided: March 26, 2013
Isidro Cardona Osorio, a former military commissioner, was accused of multiple crimes, including illegal detentions (under circumstances making it an aggravated crime), abuse of authority, kidnapping, and crimes against humanity. The court determined that on January 12, 1982, Cardona, along with Silas Morales Maldonado and two unidentified individuals, arbitrarily detained Edgar Leonel Paredes Cheguen, while he was walking with his brother and a friend in Chiquimula. Paredes Cheguen was a nineteen-year-old student, who excelled in student debate competitions, during which he would transmit messages of denunciation and protest the system of government of the State of Guatemala. The defendants pursued the victims in a dark truck and then detained them at gunpoint, forcibly taking Edgar into their vehicle. The detention was carried out without a proper arrest warrant or absent the commission of any crime and thus constituted an act against humanity targeting the Guatemalan civilian population.
During the trial, compelling evidence was presented, including witness testimonies and documentary evidence, as well as expert opinions on forensic psychology, socio-political context of the crimes, archival research, social psychology, and the historical-social context of the internal armed conflict in Guatemala, all establishing Cardona’s connection to the crimes in question. Witnesses, including Mario Rodolfo Paredes Cheguen, the victim's brother, testified about the methods used by military commissioners to kidnap individuals. Psychological and socio-political expert reports corroborated the context of the illegal actions, highlighting the counterinsurgency policy during Guatemala's internal armed conflict, which targeted students, union leaders, and political opposition.
A crucial piece of evidence was Chapter Two of the report by the U.N. Commission for Historical Clarification (CEH), which detailed human rights violations and other acts of violence by Guatemalan officials, including the military commissioners’ involvement in enforced disappearances during the armed conflict. The report documented the existence and activities of military commissioners within the context of the armed conflict, their involvement in military surveillance programs, and their coordination with other military and civil authorities. It also established the participation of military commanders and their subordinates in crimes against humanity against the Guatemalan population, the socio-political context of Edgar Leonel Paredes Cheguen's disappearance, and the involvement of the civil population in the internal armed conflict through actors like military commissioners and the Civil Defense Patrols (PACs).
The court sentenced Isidro Cardona Osorio to 56 years and six months in prison for Crimes against Humanity and Enforced Disappearance. The court underscored the significance of the ruling, emphasizing the judiciary's role in delivering justice and combating impunity.
Tipo de delitos: Delitos contra los Deberes de Humanidad, Desaparición Forzada
Acusados: Isidro Cardona Osorio
Lugar de origen: Chiquimula, Guatemala
Fecha del Fallo: 26 de marzo de 2013
Isidro Cardona Osorio, un excomisionado militar, fue acusado de múltiples delitos, incluyendo detenciones ilegales con agravaciones específicas, abuso de autoridad, secuestro y delitos contra los deberes de humanidad. El tribunal determinó que el 12 de enero de 1982, Cardona, junto con Silas Morales Maldonado y dos individuos no identificados, detuvieron arbitrariamente a Edgar Leonel Paredes Cheguen, un estudiante quien tenía diecinueve años de edad y destacaba en certámenes de oratoria estudiantil, mediante los cuales transmitía mensajes de denuncia y protesta en contra del sistema de gobierno del Estado de Guatemala, mientras caminaba con su hermano y un amigo en Chiquimula [1]. Utilizaron una camioneta oscura para perseguir y detener a las víctimas a punta de pistola, llevando a Edgar por la fuerza a su vehículo [2]. La detención se realizó sin una orden de arresto adecuada o la comisión de un delito flagrante, violando los deberes humanitarios y constituyendo actos de inhumanidad contra la población civil.
Durante el juicio, se presentó evidencia contundente, incluyendo testimonios de testigos [3] y pruebas documentales [4], periciales como el dictamen psicológico forense [5], contexto socio-político [6], peritaje archivístico [7], peritaje psicosocial [8], peritaje del contexto histórico social del conflicto armado interno que se produjo en Guatemala [9], que vinculaban a Cardona con el crimen. Testigos, como Mario Rodolfo Paredes Cheguen, el hermano de la víctima, testificaron sobre los métodos utilizados por los comisionados militares para secuestrar a individuos. Informes periciales psicológicos y sociopolíticos corroboraron el contexto de las acciones ilegales, destacando la política de contrainsurgencia durante el conflicto armado interno de Guatemala, que tenía como objetivo a estudiantes, líderes sindicales y oposición política.
En este caso es importante el valor probatorio que el tribunal le dio a la Copia del capítulo segundo del Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico que habla de: las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, titulo V. comisionados militares, titulo XI las desapariciones forzadas, páginas de la ciento cincuenta y ocho (158) a la ciento ochenta y uno (181); y de la cuatrocientos cuatro (404) a la cuatrocientos cincuenta y ocho (458) del Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico. Con este documento queda probada la existencia de los Comisionados militares, las actividades de los comisionados militares en el ámbito del conflicto armado en Guatemala, quienes participaban en programas de control militar y vigilancia de la población, en coordinación y colaboración las autoridades militares y civiles en cuanto al mantenimiento del orden y seguridad; que desde la década de los sesenta, los comisionados militares fueron considerados como un elemento de la política contrainsurgente del Estado de Guatemala. En el oriente del país, sobre todo en los departamentos de Zacapa, Chiquimula e Izabal, se empezaron a vincular con los escuadrones de la muerte. Si bien disminuyó a mediados de la década de los ochenta la vinculación de los comisionados militares en la violación de los derechos humanos, sin embargo no disminuyó su poder dentro de las poblaciones. Asimismo, los jefes de comisionados militares que a su vez cumplían el cargo de jefes de las Pac, alcanzaron un poder necesario avalado por el Ejército para militarizar a la comunidad a la cual pertenecían, asimismo que las funciones y atribuciones rayaron los límites de la tolerancia en cuanto a impunidad y abuso de poder. Con lo cual también quedaron probadas las desapariciones forzadas de las cuales fue objeto la sociedad guatemalteca; la participación que tenían los superiores y subalternos del Ejercito de Guatemala, los delitos de Lesa Humanidad en contra de la población guatemalteca; el contexto socio político en que se produjo la desaparición de Edgar Leonel Paredes Chegüen; las estrategias y unidades militares del Ejército, las principales unidades militares del Ejército que participaron en el enfrentamiento armado; el control de las operaciones contrainsurgentes; los escuadrones de la muerte; el modus operandi de la Inteligencia; el involucramiento de la población civil en el enfrentamiento armado interno, objetivo que se alcanzó con las figuras de los comisionados militares y la Patrullas de Autodefensa Civil (PAC), los cuales formaron parte de las fuerzas de seguridad del Estado, así como la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda. Además que de esas violaciones el mayor porcentaje lo constituyen las ejecuciones arbitrarias, seguido por privación de libertad, tortura, desaparición forzada y violación sexual. Prueba además que una de cada diez violaciones reportadas fue cometida por esta fuerza paramilitar” [10].
El Tribunal condenó a Isidro Cardona por los delitos de Delitos contra los Deberes de Humanidad, Desaparición Forzada [11] y lo condenó a la pena de prisión de 56 años y 6 meses. El tribunal destacó la importancia del fallo, reforzando el papel del poder judicial en proporcionar justicia y combatir la impunidad.
[1] Página 2.
[2] Página 3.
[3] Página 17.
[4] Página 40.
[5] Página 8.
[6] Página 8.
[7] Página 10.
[8] Página 14.
[9] Página 14.
[10] Página 47 y 48.
[11] Página 102.
Collection
Part of
Guatemala Atrocity Sentences
“The Guatemala Atrocity Trials” documents the ground-breaking atrocity trials that occurred in Guatemala’s domestic courts after that country’s thirty-six-year armed conflict (1960-1996). The court records in this archive were collected by Temple Law Professor Rachel López, formerly a fellow of Princeton’s Program in Law and Public Policy, curated by Princeton Librarian David Hollander, and summarized by Guatemalan human rights attorney Astrid Escobedo. We hope that this collection will be an important resource not only to researchers, but also to the Guatemalan people, providing access to historical documents that otherwise would remain hidden away from public view, and if not preserved, gradually vanishing.
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